por veronics
- 21 Mar 2007, 14:10

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- 21 Mar 2007, 14:10
#5107
El Código Técnico de la Edificación, RD 314/2006, de 17 de Marzo, en adelante CTE, es el marco normativo por el que se regulan las exigencias básicas de calidad que deben cumplir los edificios, incluidas sus instalaciones, para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad, en desarrollo de los previsto en la disposición adicional Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
El CTE entró en vigor al día siguiente de su publicación (marzo 2006) aunque no será de obligado cumplimiento hasta el presente mes.
El objetivo de requisito básico “Ahorro de Energia” como las exigencias básicas que se establecen en el artículo 15 de la Parte I del CTE y son los siguientes:
Artículo 15. Exigencias básicas de ahorro de Energía (HE)
1. El objetivo del requisito básico “ Ahorro de Energia” consiste en conseguir un uso racional de la energía necesaria para la utilización de los edificios, reduciendo a límites sostenibles su consumo y conseguir asimismo que una parte de este consumo proceda de fuentes de enerfía renovable, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.
2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, utilizarán y mantendrán de forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siquientes.
3. El Documento básico “DB HE Ahorro de energía” especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles ínimos de calidad propios del requisito básico de ahorro de energía.
15.3 Exigencia básica HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación
Los edificios dispondrán de instalaciones de iluminación adecuadas a las necesidades de sus usuarios y a la vez eficaces energéticamente disponiendo de un sistema de control que permita ajustar el encendido a la ocupación real de la zona, así como de un sistema de regulación que optimice el aprovechamiento de la luz natural, en las zonas que reúnan unas determinadas condiciones.
Verónica Llana Celada
El CTE entró en vigor al día siguiente de su publicación (marzo 2006) aunque no será de obligado cumplimiento hasta el presente mes.
El objetivo de requisito básico “Ahorro de Energia” como las exigencias básicas que se establecen en el artículo 15 de la Parte I del CTE y son los siguientes:
Artículo 15. Exigencias básicas de ahorro de Energía (HE)
1. El objetivo del requisito básico “ Ahorro de Energia” consiste en conseguir un uso racional de la energía necesaria para la utilización de los edificios, reduciendo a límites sostenibles su consumo y conseguir asimismo que una parte de este consumo proceda de fuentes de enerfía renovable, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.
2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, utilizarán y mantendrán de forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siquientes.
3. El Documento básico “DB HE Ahorro de energía” especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles ínimos de calidad propios del requisito básico de ahorro de energía.
15.3 Exigencia básica HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación
Los edificios dispondrán de instalaciones de iluminación adecuadas a las necesidades de sus usuarios y a la vez eficaces energéticamente disponiendo de un sistema de control que permita ajustar el encendido a la ocupación real de la zona, así como de un sistema de regulación que optimice el aprovechamiento de la luz natural, en las zonas que reúnan unas determinadas condiciones.
Verónica Llana Celada